Desde unos años a esta parte esta es la frase más escuchada en nuestra gestoría y suponemos que en las de todo el país, con la crisis cada vez es más habitual trabajar como freelance o por cuenta propia y al calor de esta situación han crecido cooperativas que venden la posibilidad de facturar sin ser autónomo actualmente en el punto de mira e inmersas en una batalla sin precedentes contra el ministerio de trabajo.
Pero entonces: ¿Se puede facturar sin ser autónomo o no? ¿Es esto legal?.
Muchos son los artículos que hablan de excepciones para freelances como fotógrafos o diseñadores, aunque como decimos en todo momento ha sido muy relativo, ya que si bien algunos post dicen que si no se llega al sueldo mínimo anual con nuestra facturación, no es obligatorio darse de alta como autónomo, pero sí declarar el IVA trimestral y estar dado de alta en el registro de actividades económicas.
Si decimos que es relativo es porque nada quita que según hacienda se este incurriendo en un delito y que nos solicite las cuotas atrasadas con su correspondiente recargo, y en este caso tendríamos que ser nosotros los que recurriesemos la sanción y tuviésemos que demostrar que no hemos incurrido en tal delito.
En ningún momento ha sido recomendable tampoco emitir facturas de forma habitual ya que Hacienda podría considerarlo como un trabajo habitual y sancionarnos y sobra decir que no se puede facturar sin ser autónomo si se esta cobrando algún tipo de prestación ya que incluso podemos perder el derecho al subsidio.
De igual manera la reciente solicitud por parte de la inspección de trabajo de las cuotas de autónomos a miles de usuario de la plataforma Factoo debido a las denuncias de la Federación Valenciana de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FEVECTA) ha sido un varapalo que ha producido una tremenda sacudida en este tipo de empresas de facturación, la creación de plataformas de afectados y que ahora sean los tribunales los encargados de dictaminar si tal como dice FEVECTA, estas empresas incurren en competencia desleal y en practicas ilegales que ponen en peligro a sus socios, por lo que queda ver si la justicia da la razón al ministerio de trabajo o a las cooperativas de facturación.
Si es cierto que estas empresas han incurrido en delitos intuimos que va ha haber consecuencias y va a ser un proceso largo y tedioso y de final incierto para miles de sus socios.
Con estas premisas y contando con que las sanciones por facturar de forma ilegal suelen ser de bastantes ceros va a ser un tema del que vamos a escuchar hablar bastante tiempo.
Una cosa es segura, si se ha llegado a esta situación es debido a muchos supuestos, lagunas, puntos contradictorios, una legislación poco clara con sentencias absolutorias en los tribunales y una incapacidad parece que innata de los agentes implicados para hacer las cosas de manera correcta y accesible para aquellos que quieran darse de alta como autónomos.
Nuestra recomendación es que ahora mismo contamos con tarifas planas para para autónomos los primeros 18 meses, por lo que que es conveniente que antes de hacer nada que nos pueda suponer un problema a la larga tengamos en cuenta estas opciones a la hora de empezar un negocio, y lo más importante contar con una gestoría profesional y de confianza que nos pueda asesorar correctamente para evitar este tipo de problemas.